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¿Por qué matricularme en CIAFBA?

Como lo indica la vigente Ley Provincial 15.030, para el ejercicio legal de todo profesional de las Ciencias Agrarias y Forestales que ejerza en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, deben estar matriculados en el CIAFBA. Nuestro colegio resguarda los derechos y obligaciones de nuestra labor profesional en el territorio bonaerense.

Así como las Universidades capacitan y otorgan los Títulos de grado a través de sus Facultades, el Colegio asegura la Matrícula habilitante para ejercer en el ámbito provincial. Dicha matrícula es fundamental para identificar única e irrepetiblemente a cada colega ante la sociedad, y garantizar a los usuarios que cuenta con los conocimientos adecuados, respaldado por una institución reguladora.

Y lo que más nos entusiasma: ser parte de una entidad que nos agrupa y apoya.

Ley 15.030

Conocé la Ley Provincial 15.030 sancionada en 2018 y promulgada en 2019, a partir de la cual nace nuestro Colegio.

  • Ingeniero Agrónomo
  • Ingeniero Agrónomo - Res. 1002/2003
  • Ingeniero en Industrias Forestales
  • Ingeniero en Industrias Frutihortícolas
  • Ingeniero en Producción Agropecuaria
  • Ingeniero en Recursos Naturales Renovables
  • Ingeniero en Recursos Naturales y Medio Ambiente
  • Ingeniero en Recursos Renovables para Zonas Áridas
  • Ingeniero Forestal
  • Ingeniero Industrial Agropecuario
  • Ingeniero Rural
  • Ingeniero Zootecnista
  • Ingeniero Zootecnista UNLZ
  • Licenciado en Administración Agraria
  • Licenciado en Administración de Negocios Agropecuarios
  • Licenciado en Administración Rural
  • Licenciado en Administración y Gestión de Agronegocios
  • Licenciado en Agronegocios
  • Licenciado en Ciencias Agrarias
  • Licenciado en Gestión de Agroalimentos
  • Licenciado en Gestión de Empresas Agropecuarias
  • Licenciado en Producción Animal
  • Licenciado en Producción Vegetal
  • Licenciado en Producción y Gestión Agropecuaria
Las Carreras regidas por el Artículo 43 de la Ley de Educación Superior deben poseer, además de los alcances establecidos por cada Universidad emisora de los Títulos, un conjunto de actividades reservadas que son establecidas por el Ministerio de Educación de la Nación en conjunto con el Consejo de Universidades compuesto por el Consejo Interuniversitario Nacional y el Consejo de Universidades Privadas. Por lo tanto, las actividades reservadas de un Título incluido en el Artículo 43 son las mismas para todas las Universidades que otorguen ese Título, no así el resto de los alcances de esas Carreras que pueden variar según las decisiones de cada Universidad.

Las actividades reservadas forman un subconjunto limitado dentro del total de alcances de un Título; se refieren a aquellas intervenciones profesionales que pueden comprometer un bien público, implican riesgo o pueden afectar de manera directa a las personas. No indican todo lo que un profesional está habilitado a realizar. Solo aquello que, por su riesgo potencial, amerita tutela pública. Son aprobadas por el Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades.

Ingenieros Agrónomos

  1. Planificar, dirigir y/o supervisar en sistemas agropecuarios.
  2. Certificar el funcionamiento y/o condición de uso, estado o calidad de lo mencionado anteriormente.
  3. Dirigir lo referido a seguridad e higiene y control del impacto ambiental en lo concerniente a su intervención profesional.
  4. Certificar estudios agroeconómicos en lo referido a su actividad profesional.
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Ingenieros Forestales

  1. Planificar, dirigir y supervisar en sistemas forestales.
  2. Certificar planes de manejo en sistemas forestales.
  3. Certificar el funcionamiento y/o condición de uso, estado o calidad de lo mencionado anteriormente.
  4. Dirigir lo referido a seguridad e higiene y control del impacto ambiental en lo concerniente a su intervención profesional.
  5. Certificar estudios agroeconómicos en lo concerniente a su intervención profesional.
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Ingenieros en Producción Agropecuaria

  1. Formular proyectos, intervenir y participar en el manejo, conservación, corrección, reconocimiento y clasificación de suelos, y en la utilización y comercialización de sustancias fertilizantes y agroquímicos.
  2. Preparar y dirigir programas de control biológico de plagas y enfermedades.
  3. Recetar, controlar y fiscalizar el uso y aplicación de pesticidas y plaguicidas agrícolas.
  4. Formular proyectos de forestación y participar, dirigir y asesorar en todos los aspectos relacionados con la producción forestal.
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Ingenieros en Recursos Naturales

  1. Planificar, dirigir y certificar:
    a) acciones de conservación, manejo, producción y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, en el ámbito de su actividad profesional.
    b) la delimitación de áreas de riesgo de origen natural y antropogénico, y planes y acciones de manejo, prevención y mitigación de lo mencionado anteriormente.
  2. Diseñar, calcular y proyectar instalaciones relacionadas a lo mencionado anteriormente.
  3. Proyectar y dirigir lo referente a la higiene, seguridad y control de impacto ambiental en lo concerniente a su actividad profesional.
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Ingenieros Zootecnistas

  1. Planificar, dirigir y/o supervisar en sistemas pecuarios.
  2. Certificar el funcionamiento y/o condición de uso, estado, calidad y trazabilidad de lo mencionado anteriormente.
  3. Formular alimentos para consumo animal.
  4. Dirigir lo referido a seguridad, higiene y control del impacto ambiental en lo concerniente a su intervención profesional.
  5. Certificar estudios agroeconómicos, en lo concerniente a su intervención profesional.
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Para más consultas sobre los alcances de la unidad académica emisora de tu Título, escribí a la Comisión de Educación.

Categorias para matricularte

Te detallamos la habilitación de cada categoría (Resolución CDP-2020-013, CDP-2021-022 y CDP-2023-051).

En CIAFBA contamos con diferentes Categorías en nuestra nómina de matriculación, las cuales tienen alcances diferentes. Dependiendo de cómo ejerzas la profesión es la Categoría de matrícula Profesional en la que te vas a matricular.

Categoría A

A. INDEPENDIENTE

Profesionales que hacen ejercicio privado o libre de la profesión, aunque esta actividad no se realice en forma exclusiva. Se debe contar con inscripción en AFIP, rubro "Actividades Profesionales".
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez) + el valor completo de la matrícula.
Se renueva anualmente y está vigente de Enero a Diciembre (año calendario).

Matricularme

Categoría B

B. EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA

Profesionales que ejercen en relación de dependencia.
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez) + el valor completo de la matrícula.
Se renueva anualmente y está vigente de Enero a Diciembre (año calendario).

Matricularme

Categoría C

C. CONVENIO CON OTRAS PROVINCIAS

Profesionales de otros distritos para ejercer en la Provincia de Buenos Aires, siempre que exista un Convenio de Reciprocidad Matricular con esos distritos y conforme al Convenio firmado.
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez) + el valor completo de la matrícula en el Colegio de origen.
Se renueva anualmente sin costo, y está vigente de Enero a Diciembre (año calendario).

Matricularme

Categoría D

D. DOCENTE EN ESCUELAS SECUNDARIAS, TERCIARIAS Y/O TECNICAS DEDICACIÓN EXCLUSIVA

Profesionales que ejercen con exclusividad la Docencia en Escuelas Secundarias, Terciarias y/o Técnicas.
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez). Debe acreditar ANUALMENTE su exclusividad en la actividad y no abona matrícula.
Se renueva anualmente sin costo, y está vigente de Enero a Diciembre (año calendario).

Matricularme

Categoría E

E. CONVENIO CON CPIA

Profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ingeniería Agronómica (CPIA), para ejercer en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez) + el valor completo de la matrícula según Convenio firmado oportunamente. Se renueva anualmente, y está vigente de Enero a Diciembre (año calendario).

Matricularme

Categoría F

F. RECIÉN RECIBIDO

Profesionales recién recibidos. Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez) y la matrícula es sin costo. Tiene validez para el año de graduación (emisión de título) y el siguiente posterior, debiendo definir la Categoría al año subsiguiente, a partir del cual deberá continuar con el régimen de la categoría elegida.

Matricularme

Categoría G

G. DOCENTE UNIVERSITARIO DEDICACIÓN EXCLUSIVA / INVESTIGADOR

Profesionales que ejercen con exclusividad la Docencia Universitaria y becarios.
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez). Debe acreditar su exclusividad en la actividad y no abona matrícula. Se renueva anualmente sin costo, y está vigente de Enero a Diciembre (año calendario).

Matricularme

Categoría J

J. JUBILADO

Colegas que revisten la situación de Jubilado (sin actividad profesional en ejercicio).
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez), pero no está habilitado para ejercer la profesión. Sí es importante la participación y el gran aporte de la experiencia profesional y personal.

Matricularme

Categoría I

I. ORGANISMOS PÚBLICOS

Profesionales que se desempeñan en Organismos Públicos, de carácter Nacional, Provincial o Municipal.
Se abona el derecho de matriculación inicial (única vez) y el 50% del valor de la matrícula. Se renueva anualmente, y está vigente de Enero a Diciembre (año calendario).

Matricularme
  • Título original
    Escanealo ó sacale una foto donde se vea muy bien, frente y dorso, y mandanos esa imagen.
  • DNI
    En formato digital (foto o pdf).
  • Comprobante de aporte jubilatorio o recibo de sueldo
    (Categoría F consultar).
  • Foto "selfie" tipo carnet
    Es importante que tengas una buena iluminación para que se vea bien tu rostro, de frente, con un fondo liso y claro.
  • Firma digital
  • Títulos previos al año 2012
    Sello del Ministerio de Educación y sello del Ministerio del Interior.
    Si no contás con estos sellos, solicitá turno haciendo clic aquí.
  • Títulos posteriores al año 2012
    Título registrado en la Dirección Nacional de Gestión y Fiscalización Universitaria. Verificar registro haciendo clic aquí.
    Si el título no se encuentra registrado, verificar el estado de trámite en sidcer.siu.edu.ar
    Si el título no cuenta con el trámite de inicio de certificación, comunicate con tu institución universitaria.

Valores

Por Resolución del CDP, el valor de la matrícula es anual y rige según año calendario. Es decir, tu matrícula estará vigente desde el 1° de Enero hasta el 31 Diciembre del año en que te matricules, y deberás renovarla el 1° de Enero del siguiente año.

Valor de la nueva Matrícula

Se abona: Derecho de matriculación + valor anual

Valor de renovación de Matrícula

Se abona: Valor anual

Los valores de la matrícula cambian de acuerdo a las Resoluciones emitidas por el CDP en el transcurso del año (Nicolás, abajo agregar el mes y la resolucion cliqueable correspondiente):

¡Matriculate ahora!

ALGO MUY IMPORTANTE

1. Tus datos deben ser reales porque son los que usaremos para generar tu carnet y matrícula.
2. Una vez completado y enviado el formulario, la Secretaría Regional correspondiente se pondrá en contacto para continuar y finalizar tu matriculación. ¡Es un proceso muy ágil! Una vez culminados todos los pasos, puede demorar hasta 48 horas hábiles.

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